Legislación de Reproducción Asistida

La legislación de reproducción asistida surgió por la aparición de las técnicas de reproducción asistida y su posterior auge para solucionar los problemas de infertilidad, que promovieron la necesidad de abordar una regulación que velara por los pacientes que se sometieran a este tipo de técnicas.

En Clinicas EVA te aseguramos el cumplimiento de la legislación de reproducción asistida española sobre técnicas de fertilidad vigente, certificando en todo momento la máxima transparencia y legalidad.

¿Qué dice la legislación de reproducción asistida española, acerca de la donación de óvulos o de semen?

La donación tanto de óvulos como de semen, son procedimientos que están regulados por la legislación española desde 1988. El objetivo es que se garantice en todo momento la ética y profesionalidad de los procesos médicos y biológicos que implican este tipo de técnicas, así como la salud de los donantes y del embrión producto de la donación.

Algunos de los aspectos que recoge esta ley son:

– Las donantes de ovocitos deben tener entre 18 y 35 años.
– Los donantes de semen deben tener entre 18 y 50 años.
– La donación de óvulos o de semen se realiza de manera altruista, voluntaria y anónima.

Donación se realiza de manera altruista, voluntaria y anónima

Altruista: la comercialización de óvulos, semen y embriones está prohibida en la ley española. Los óvulos o la muestra de semen, deben ser empleados exclusivamente para ayudar a las mujeres con problemas de fertilidad y que desean tener hijos. Sin embargo, a pesar de que la donación nunca podrá tener carácter lucrativo o comercial, La Comisión Nacional de Reproducción Asistida, recomienda que los donantes reciban una compensación económica por las molestias y el tiempo invertido en la donación.

Voluntaria: La donación es un acto que se debe llevar a cabo por iniciativa propia y con plena capacidad de obrar, es decir, el donante debe tener total conciencia del acto que está realizando y lo que conlleva.

Anónima: La ley especifica que debe haber total anonimato entre la donante y la paciente. Ello implica que se garantiza la confidencialidad de los datos de identidad de la donante, y la receptora no podrá escoger a la persona que done sus gametos.

 

Si quieres más información acerca de la legislación de reproducción asistida española en vigor, podemos informarte detenidamente por teléfono o en cualquiera de nuestras clínicas de fertilidad.

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