El donante, exento de responsabilidad parental

La Ley de Reproducción Asistida humana es rigurosa con este tema. Las donaciones de gametos son de carácter anónimo, altruista y voluntario.

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Hace poco saltó a los medios de comunicación la noticia de dos amigas estadounidenses que descubrieron que procedían del mismo donante de semen. Las jóvenes se conocieron en la universidad y se sorprendieron al descubrir la cantidad de cosas que tenían en común, ambas procedían de familias monoparentales y solían bromear sobre la idea de que eran un 25% hermanas, y no iban mal encaminadas. Sus madres, tras escuchar la historia les animaron a comprobar el número de ficha del donante, que resultó ser la misma persona.

La noticia se publicó en distintos medios y a raíz de la repercusión que ha tenido se ha intentado conocer la identidad del padre, sin embargo esto no es posible, pues la ley lo prohíbe expresamente, salvo circunstancias excepcionales. La legislación estadounidense considera que el donante no ejercerá como padre y que la donación que éste ha realizado es altruista. Esta norma asegura que no se produzcan casos en los que la madre biológica reclama la paternidad del donante para obtener, por ejemplo, beneficios sociales.

¿Qué dice la legislación española sobre este tema?

La donación, tanto de semen como de óvulos, en nuestro país tampoco implica una responsabilidad parental. Así lo establece la ley de reproducción humana asistida de mayo de 2006, la cual recoge que las donaciones de gametos son de carácter anónimo, altruista y voluntario. El anonimato por tanto del donante de semen o de óvulos está garantizado salvo, como comentábamos antes, situaciones extraordinarias.

¿Qué se considera una situación extraordinaria?

Hablamos de una situación extraordinaria, en la cual sí que podrá conocerse la identidad del donante, en circunstancias que comporten un peligro cierto para la vida o la salud del hijo o cuando proceda con arreglo a las Leyes procesales penales. En definitiva, en aquellos casos en los que sea indispensable conocer la identidad para evitar el peligro del hijo engendrado o para conseguir un fin penal.

 

 

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